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| Meta Title | Ingreso Mínimo Vital - Inclusión - Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones |
| Meta Description | El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica destinada a garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a las personas con discapacidad. |
| Meta Canonical | null |
| Boilerpipe Text | El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que forma parte
de la acción protectora de la Seguridad Social y que está destinada a
garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de
una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a
las personas con discapacidad. Su objetivo es mejorar las
oportunidades de las personas en su inserción social y laboral.
El Ingreso Mínimo Vital se regula en la
Ley 19/2021, de
20 de diciembre
.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza unos mínimos ingresos a hogares o unidades de convivencia. Por tipología de hogar se establecen unos umbrales mínimos de renta. Si entre todos los miembros de la Unidad de Convivencia sumaron el año fiscal anterior una renta total inferior al umbral que les corresponde y cumplen
el resto de los requisitos
, tendrán derecho a una prestación económica igual a la diferencia entre este umbral y su renta neta.
Esta prestación se les ingresará mensualmente
.
Ejemplo: IMV para un hogar de 2 Adultos y 2 Menores
Si los hogares cumplen una serie de requisitos, tendrán derecho a esta
prestación mensual
.
La prestación
se actualiza cada año
en base a los ingresos del año anterior. Se trata de una prestación viva que se adapta a las circunstancias personales y a los cambios que puedan producirse en cada unidad familiar.
El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el empleo. Para fomentar la inserción laboral, en 2023 se introdujo el
incentivo al empleo
que hace que un tramo de los nuevos ingresos laborales no repercutan negativamente en la cuantía de la prestación. Para más información
accede a la web de la Seguridad Social
.
El Ingreso Mínimo Vital se conforma como una ayuda a nivel de
unidad de convivencia
, es decir, personas que viven en el mismo domicilio y que tienen un vínculo familiar.
Los principales requisitos son:
Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
No ser administrador de una sociedad mercantil.
Además de estos requisitos generales, existen
requisitos adicionales
, así como excepciones a los mismos.
Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación.
Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.
La unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio; por pareja de hecho (formalizada desde hace al menos 2 años y con una convivencia desde hace al menos 5 años); por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado (ejemplo: padres, suegros, hijos, yernos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos); o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
En caso de convivientes que no tengan un vínculo familiar de hasta segundo grado ni tengan una relación con otras personas con las que conviven podrán ser titulares de la prestación si se encuentran en riesgo de exclusión social y para lo que los servicios sociales competentes
expedirán un certificado.
Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos es necesario que la renta y patrimonio de la Unidad de Convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales.
En el momento de la solicitud o revisión se valorará si la renta y el patrimonio neto del conjunto del hogar durante el año fiscal anterior es inferior a estos umbrales.
La siguiente tabla muestra los niveles máximos de renta de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital. Para optar únicamente al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) los límites de renta son más amplios.
El umbral de renta es también el nivel de renta garantizada que tendrán las unidades de convivencia, recibiendo como prestación en concepto de Ingreso Mínimo Vital la diferencia entre este umbral y sus ingresos.
Cuantías 2026
LÍMITE DE INGRESOS PARA PERCIBIR EL IMV
UNIDAD DE CONVIVENCIA
Ingresos mensuales (€/mes)
Ingresos anuales (€/año)
Un adulto solo
733,60
8.803,20
Un adulto y un menor
953,68
11.444,16
Un adulto y dos menores
1.173,76
14.085,12
Un adulto y tres menores
1.393,84
16.726,08
Un adulto y cuatro o más menores
1.613,92
19.367,04
Dos adultos
953,68
11.444,16
Dos adultos y un menor
1.173,76
14.085,12
Dos adultos y dos menores
1.393,84
16.726,08
Dos adultos y tres o más menores
1.613,92
19.367,04
Tres adultos
1.173,76
14.085,12
Tres adultos y un menor
1.393,84
16.726,08
Tres adultos y dos o más menores
1.613,92
19.367,04
Cuatro adultos
1.393,84
16.726,08
Cuatro adultos y un menor
1.613,92
19.367,04
Otros
1.613,92
19.367,04
Algunas prestaciones e ingresos están exentos del cómputo de renta y patrimonio. Puedes
consultar en la web de la Seguridad Social las reglas detalladas
para el cómputo de ingresos y de patrimonio.
La cuantía a percibir en concepto de Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos de las personas que formen la unidad de convivencia.
Además de las cuantías indicadas se abonará mensualmente un
Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)
por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.
El
cambio en las circunstancias
personales de la
persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los
miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de
la cuantía de la prestación económica mediante la revisión
correspondiente por el INSS. La cuantía de la prestación se
actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año.
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay dos opciones:
Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña
en Cl@ve
podrá utilizar el
servicio habilitado por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
para su
solicitud sin certificado. Además, deberá adjuntar sus documentos
identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
Si dispones de certificado electrónico o usuario y
contraseña en Cl@ve
lo puedes solicitar a través de la
Sede
Electrónica de la Seguridad Social
y seleccionando el método
de autenticación. Tiene la opción de utilizar este servicio con la
ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve
y que actuará en calidad de representante.
En este
video
tutorial
te explicamos cómo solicitarlo.
El 1 de enero de 2023 entró en vigor el incentivo al empleo del Ingreso Mínimo Vital.
Es un mecanismo que garantiza que aquellos titulares del Ingreso Mínimo Vital que se incorporen al mercado de trabajo incrementen su renta disponible.
Para ilustrarlo, pongamos un ejemplo. Consideremos una unidad de convivencia que cobra una prestación de 500€ al mes por Ingreso Mínimo Vital. Supongamos que el beneficiario aumenta sus ingresos laborales por un valor de 100€ al mes. Antes de la entrada en vigor del incentivo al empleo, la cuantía de su prestación hubiese disminuido en 100 €, de manera que hubiese pasado a cobrar 400€ de Ingreso Mínimo Vital y su renta total disponible no hubiese aumentado. Con la entrada en vigor del incentivo al empleo, la prestación no disminuye y seguiría cobrando los 500€ de prestación y sus nuevos ingresos laborales de 100€.
Con el incentivo del empleo, los incrementos de la renta inferiores al 60% de la renta garantizada para la Unidad de Convivencia a la que corresponda no afectarán a la cuantía de la prestación.
Supongamos que el ejemplo anterior corresponde a una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores. Esta unidad tiene para 2026 una renta garantizada de 1.393,84€ mensuales. Incrementos en sus ingresos respecto al año anterior inferiores a 836,3€, es decir el 60% de su renta garantizada, no conllevaran una reducción a su prestación. Incrementos en sus ingresos entre 836,3€ y 1.393,84€ conllevarán una reducción en su prestación en función de la cuantía del incremento, de si los adultos de la unidad de convivencia trabajaban antes o no, así como de otras características del hogar.
Si percibes el Ingreso Mínimo Vital, en este
simulador
puedes comprobar la variación de la cuantía en caso de que haya cambios en tus ingresos por trabajo.
PREGUNTAS FRECUENTES
Sí, es compatible con otros ingresos tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres trabajador autónomo mientras no superes el importe de la renta garantizada.
Lo mejor es verlo con un ejemplo: si un hogar de dos adultos y un menor tiene derecho a 1.173,76 euros y sus ingresos mensuales son de 300 euros, la prestación mensual que recibirá sería de 873,76 euros para completar esa renta.
Además, para calcular la renta garantizada, no cuentan las ayudas para el estudio; las ayudas para la vivienda, tanto para alquiler como adquisición; ni la pensión de alimentos a favor de los hijos.
Tienes que saber si tus ingresos anuales superan la renta garantizada anual. La situación de vulnerabilidad se determina teniendo en cuenta los ingresos que percibiste el año pasado. También lo puedes solicitar si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de esta cifra. En estos casos, cuando se tengan los datos de todo el año se llevará a cabo un ajuste de la prestación en función de los ingresos reales.
El Ingreso Mínimo Vital tiene carácter indefinido, lo puedes seguir
recibiendo mientras sigas cumpliendo los requisitos. La Seguridad
Social se encarga de comprobar de manera regular que tú o tu unidad
familiar seguís cumpliendo los requisitos de la prestación.
Es un pago mensual y se recibe por transferencia bancaria a una
cuenta del titular de la prestación. |
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- [Ingreso Mínimo Vital / Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI) Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/?_ga=2.161750908.1391223360.1655451978-830589611.1606408396)
- [El Ministerio](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio)
mostrar submenu El Ministerio
- [¿Quiénes somos?](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio/quienes-somos)
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- [La Ministra](https://www.inclusion.gob.es/es/web/guest/w/elma-saiz-delgado)
- [Biografías](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio/biografias)
- [Organización administrativa](https://www.inclusion.gob.es/organizacion)
mostrar submenu Organización administrativa
- [S.E. de Migraciones](https://www.inclusion.gob.es/organizacion/se-migraciones)
- [S.E. de la Seguridad Social y Pensiones](https://www.inclusion.gob.es/organizacion/se-seguridad-social-pensiones)
- [S.G. de Inclusión](https://www.inclusion.gob.es/organizacion/sg-inclusion)
- [Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones](https://www.inclusion.gob.es/organizacion/subsecretaria)
- [El Ministerio en el mundo](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio/el-ministerio-en-el-mundo)
- [Atención al ciudadano](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio/atencion-al-ciudadano)
mostrar submenu Atención al ciudadano
- [Canal Interno Información](https://www.inclusion.gob.es/canal-interno-informacion)
- [Quejas, sugerencias y felicitaciones](https://www.inclusion.gob.es/quejas-y-sugerencias)
- [Sede electrónica Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://sede.inclusion.gob.es/)
- [Empleo Público](https://www.inclusion.gob.es/el-ministerio/empleo-publico)
mostrar submenu Empleo Público
- [Acceso a empleo público](https://www.inclusion.gob.es/acceso-a-empleo-publico)
- [Movilidad del empleado público](https://www.inclusion.gob.es/movilidad-del-empleado-publico)
- [Biblioteca Virtual Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://bibliovirtual.inclusion.gob.es/)
- [Plan estratégico de subvenciones - PES](https://www.inclusion.gob.es/plan-estrategico-de-subvenciones-pes)
- [Inclusión](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion)
mostrar submenu Inclusión
- [¿Quiénes somos?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/quienes-somos)
- [IMV](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es)
- [IMV - CAPI](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/que-es-el-capi)
- [Estadísticas e informes](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/estadisticas-informes)
- [Laboratorio de Políticas de Inclusión](https://www.inclusion.gob.es/web/policy-lab/inicio)
- [Más Información](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital)
mostrar submenu Más Información
- [Órganos de gobernanza del IMV](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/organos-de-gobernanza-imv)
- [Registro de Mediadores sociales del IMV](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/registro-mediadores-sociales-imv)
- [Sello de Inclusión Social Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://sede.inclusion.gob.es/-/sello-de-inclusion-social?redirect=%2Fprocedimientos-y-servicios "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Seguridad Social y Pensiones](https://www.inclusion.gob.es/web/seguridad-social)
mostrar submenu Seguridad Social y Pensiones
- [¿Quiénes somos?](https://www.inclusion.gob.es/web/seguridad-social/quienes-somos)
- [Pensiones Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Pensiones)
- [Altas y bajas Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass)
- [Vida Laboral Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vida+laboral+e+informes)
- [Autónomos Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Colectivos/Trabajo+Autonomo)
- [Otras prestaciones Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores)
- [Migraciones](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/inicio)
mostrar submenu Migraciones
- [¿Quiénes somos?](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/quienes-somos)
- [Integración](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/integracion)
mostrar submenu Integración
- [Prioridades de integración](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/prioridades-de-integracion)
- [OBERAXE](https://www.inclusion.gob.es/oberaxe/es/index.htm)
- [Foro para la Integración Social de los Inmigrantes](https://www.inclusion.gob.es/web/fisi)
- [Vivir en España](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/vivir-en-espana)
mostrar submenu Vivir en España
- [Tipos de autorización](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/tipos-de-autorizacion)
- [Normativa e instrucciones](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/normativa)
- [Criterios de Gestión](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/criterios-de-gestion)
- [Retorno voluntario](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/retorno-voluntario)
- [Información útil](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/informacion-util)
- [Contacto](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/informacion-de-contacto)
- [Vivir en el extranjero](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/vivir-en-el-extranjero)
mostrar submenu Vivir en el extranjero
- [Portal de la Ciudadanía Española en el Exterior Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Carta España](https://www.inclusion.gob.es/web/cartaespana)
- [Sistema de Acogida de Protección Internacional](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/sistema-de-acogida)
mostrar submenu Sistema de Acogida de Protección Internacional
- [Cómo funciona y datos](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/como-funciona)
- [Personas destinatarias](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/personas-destinatarias)
- [Entidades colaboradoras](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/entidades-colaboradoras1)
- [Reasentamiento y otros programas](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/reasentamiento-y-otros-programas)
- [CRCP 2024-2025](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/crcp-2024-2025)
- [Iniciativas para la inserción laboral](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/iniciativas-para-la-insercion-laboral)
- [Línea Acogida Informa](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/linea-acogida-informa)
- [Ucrania Urgente](https://www.inclusion.gob.es/web/ucrania-urgente)
- [Atención Humanitaria](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/atencion-humanitaria)
- [Estadísticas](https://www.inclusion.gob.es/web/opi/estadisticas)
- [Brexit. Derecho de los ciudadanos](https://www.inclusion.gob.es/web/guest/brexit)
- [Comunicación](https://www.inclusion.gob.es/comunicacion)
mostrar submenu Comunicación
- [Noticias](https://www.inclusion.gob.es/comunicacion/noticias)
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- [Estadísticas](https://www.inclusion.gob.es/estadisticas)
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- [Migraciones](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/estadisticas-opi)
- [Estadísticas de empleo y mercado laboral Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/EstadisticasPresupuestosEstudios/Estadisticas)
- [Estadísticas de pensiones y prestaciones Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/EstadisticasPresupuestosEstudios/Estadisticas)
- [twitter Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.facebook.com/Ministerio-de-Inclusi%C3%B3n-Seguridad-Social-y-Migraciones-111628541180812 "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
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# Ingreso Mínimo Vital - Inclusión
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## Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y que está destinada a garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a las personas con discapacidad. Su objetivo es mejorar las oportunidades de las personas en su inserción social y laboral.
El Ingreso Mínimo Vital se regula en la [Ley 19/2021, de 20 de diciembreEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.boe.es/eli/es/l/2021/12/20/19/con "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.").
- ### ¿Cómo funciona?
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza unos mínimos ingresos a hogares o unidades de convivencia. Por tipología de hogar se establecen unos umbrales mínimos de renta. Si entre todos los miembros de la Unidad de Convivencia sumaron el año fiscal anterior una renta total inferior al umbral que les corresponde y cumplen [el resto de los requisitosEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/requisitos#Requisitos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva."), tendrán derecho a una prestación económica igual a la diferencia entre este umbral y su renta neta. **Esta prestación se les ingresará mensualmente**.
**Ejemplo: IMV para un hogar de 2 Adultos y 2 Menores**

Si los hogares cumplen una serie de requisitos, tendrán derecho a esta **prestación mensual**.
La prestación **se actualiza cada año** en base a los ingresos del año anterior. Se trata de una prestación viva que se adapta a las circunstancias personales y a los cambios que puedan producirse en cada unidad familiar.
El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el empleo. Para fomentar la inserción laboral, en 2023 se introdujo el **incentivo al empleo** que hace que un tramo de los nuevos ingresos laborales no repercutan negativamente en la cuantía de la prestación. Para más información [accede a la web de la Seguridad SocialEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.").
- ### ¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?
El Ingreso Mínimo Vital se conforma como una ayuda a nivel de **unidad de convivencia**, es decir, personas que viven en el mismo domicilio y que tienen un vínculo familiar.
Los principales requisitos son:
1. Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
2. Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
3. Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
4. El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
5. No ser administrador de una sociedad mercantil.
Además de estos requisitos generales, existen [requisitos adicionalesEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/requisitos#Requisitos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva."), así como excepciones a los mismos.
Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación.
Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.
- ### ¿Qué es la Unidad de Convivencia?
La unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio; por pareja de hecho (formalizada desde hace al menos 2 años y con una convivencia desde hace al menos 5 años); por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado (ejemplo: padres, suegros, hijos, yernos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos); o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
En caso de convivientes que no tengan un vínculo familiar de hasta segundo grado ni tengan una relación con otras personas con las que conviven podrán ser titulares de la prestación si se encuentran en riesgo de exclusión social y para lo que los servicios sociales competentes
expedirán un certificado.
- ### ¿Cuáles son los requisitos de Renta y Patrimonio?
Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos es necesario que la renta y patrimonio de la Unidad de Convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales.
En el momento de la solicitud o revisión se valorará si la renta y el patrimonio neto del conjunto del hogar durante el año fiscal anterior es inferior a estos umbrales.
La siguiente tabla muestra los niveles máximos de renta de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital. Para optar únicamente al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) los límites de renta son más amplios.
El umbral de renta es también el nivel de renta garantizada que tendrán las unidades de convivencia, recibiendo como prestación en concepto de Ingreso Mínimo Vital la diferencia entre este umbral y sus ingresos.
**Cuantías 2026**
LÍMITE DE INGRESOS PARA PERCIBIR EL IMV
| UNIDAD DE CONVIVENCIA | Ingresos mensuales (€/mes) | Ingresos anuales (€/año) |
|---|---|---|
| Un adulto solo | 733,60 | 8\.803,20 |
| Un adulto y un menor | 953,68 | 11\.444,16 |
| Un adulto y dos menores | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Un adulto y tres menores | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Un adulto y cuatro o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Dos adultos | 953,68 | 11\.444,16 |
| Dos adultos y un menor | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Dos adultos y dos menores | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Dos adultos y tres o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Tres adultos | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Tres adultos y un menor | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Tres adultos y dos o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Cuatro adultos | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Cuatro adultos y un menor | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Otros | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
Algunas prestaciones e ingresos están exentos del cómputo de renta y patrimonio. Puedes [consultar en la web de la Seguridad Social las reglas detalladasEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos#Reglasparaelcomputodeingresos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") para el cómputo de ingresos y de patrimonio.
- ### ¿Cuáles son las cuantías que se pueden percibir?
La cuantía a percibir en concepto de Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos de las personas que formen la unidad de convivencia.
Además de las cuantías indicadas se abonará mensualmente un **Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)** por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.
- ### ¿La cuantía puede cambiar?
El **cambio en las circunstancias** personales de la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por el INSS. La cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año.
- ### ¿Cómo puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay dos opciones:
- **Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve** podrá utilizar el [servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") para su solicitud sin certificado. Además, deberá adjuntar sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
- **Si dispones de certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve** lo puedes solicitar a través de la [Sede Electrónica de la Seguridad SocialEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/familia/270420inss/!ut/p/z1/jZBBb8IwDIV_C4ceV7st6yi3aprYRntAU0XIBYUpTTOlSZUEKvHrF7ETEiv4Zut79nsGCgSoZicpmJdGMxX6Hc33WZLPkwKTaoUfb1g29bopsk22SnPYTgFYINBH9PhPlXf1n_eAkCC19WstgA7Md09StwZIy3qpJAOSvuA8RamdC1bo1LJLmAsw4TbYEcoc_j5X6kO2CHctb7nlNj7aMO68H9wywgjHcYyFMULx-Nv0Ed6SdMZ5INckfHEHQ9-Qc_WOP8_qVLXl7BeYrmTK/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") y seleccionando el método de autenticación. Tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.
En este [video tutorialEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.youtube.com/watch?v=IsOa9r5Kvz8 "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") te explicamos cómo solicitarlo.
- ### ¿Qué es el Incentivo al Empleo?
El 1 de enero de 2023 entró en vigor el incentivo al empleo del Ingreso Mínimo Vital.
Es un mecanismo que garantiza que aquellos titulares del Ingreso Mínimo Vital que se incorporen al mercado de trabajo incrementen su renta disponible.
Para ilustrarlo, pongamos un ejemplo. Consideremos una unidad de convivencia que cobra una prestación de 500€ al mes por Ingreso Mínimo Vital. Supongamos que el beneficiario aumenta sus ingresos laborales por un valor de 100€ al mes. Antes de la entrada en vigor del incentivo al empleo, la cuantía de su prestación hubiese disminuido en 100 €, de manera que hubiese pasado a cobrar 400€ de Ingreso Mínimo Vital y su renta total disponible no hubiese aumentado. Con la entrada en vigor del incentivo al empleo, la prestación no disminuye y seguiría cobrando los 500€ de prestación y sus nuevos ingresos laborales de 100€.
Con el incentivo del empleo, los incrementos de la renta inferiores al 60% de la renta garantizada para la Unidad de Convivencia a la que corresponda no afectarán a la cuantía de la prestación.
Supongamos que el ejemplo anterior corresponde a una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores. Esta unidad tiene para 2026 una renta garantizada de 1.393,84€ mensuales. Incrementos en sus ingresos respecto al año anterior inferiores a 836,3€, es decir el 60% de su renta garantizada, no conllevaran una reducción a su prestación. Incrementos en sus ingresos entre 836,3€ y 1.393,84€ conllevarán una reducción en su prestación en función de la cuantía del incremento, de si los adultos de la unidad de convivencia trabajaban antes o no, así como de otras características del hogar.
Si percibes el Ingreso Mínimo Vital, en este [simuladorEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") puedes comprobar la variación de la cuantía en caso de que haya cambios en tus ingresos por trabajo.
### PREGUNTAS FRECUENTES
- ### ¿Puedo recibir el Ingreso Mínimo Vital si tengo algún ingreso?
Sí, es compatible con otros ingresos tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres trabajador autónomo mientras no superes el importe de la renta garantizada.
Lo mejor es verlo con un ejemplo: si un hogar de dos adultos y un menor tiene derecho a 1.173,76 euros y sus ingresos mensuales son de 300 euros, la prestación mensual que recibirá sería de 873,76 euros para completar esa renta.
Además, para calcular la renta garantizada, no cuentan las ayudas para el estudio; las ayudas para la vivienda, tanto para alquiler como adquisición; ni la pensión de alimentos a favor de los hijos.
- ### ¿Cómo calculo mis ingresos para saber si puedo solicitarlo?
Tienes que saber si tus ingresos anuales superan la renta garantizada anual. La situación de vulnerabilidad se determina teniendo en cuenta los ingresos que percibiste el año pasado. También lo puedes solicitar si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de esta cifra. En estos casos, cuando se tengan los datos de todo el año se llevará a cabo un ajuste de la prestación en función de los ingresos reales.
- ### ¿Durante cuánto tiempo puedo percibir el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital tiene carácter indefinido, lo puedes seguir recibiendo mientras sigas cumpliendo los requisitos. La Seguridad Social se encarga de comprobar de manera regular que tú o tu unidad familiar seguís cumpliendo los requisitos de la prestación.
- ### ¿Cómo se paga la prestación?
Es un pago mensual y se recibe por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación.
### INSTRUMENTOS DE APLICACIÓN
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## Ingreso Mínimo Vital
### Índice
1. [¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-0)
2. [¿Cómo funciona el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-1)
3. [¿Qué condiciones debo cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-2)
4. [¿Qué es la unidad de convivencia?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-3)
5. [¿Cuáles son los ingresos y el patrimonio máximo que puedo tener para pedir la ayuda?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-4)
6. [¿Qué cantidad de dinero puedo recibir con la ayuda?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-6)
7. [¿Puede cambiar la cantidad de dinero que recibo de la ayuda?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-7)
8. [¿Cómo puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-8)
9. [¿Qué es el incentivo al Empleo?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-9)
10. [Preguntas frecuentes](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-faq)
- [¿Puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital si tengo ingresos?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#faq-0)
- [¿Cómo calculo mis ingresos para saber si puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#faq-1)
- [¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#faq-2)
- [¿Cómo se paga la ayuda?](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#faq-3)
11. [Palabras que debes conocer](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#section-glossary)
### ¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda
que da el Gobierno de España
a todas las personas que no tienen
suficiente dinero para vivir.
Con esta ayuda, el Gobierno quiere proteger
a algunos grupos de personas,
como la infancia
o las personas con alguna discapacidad.
El Ingreso Mínimo Vital quiere mejorar
las oportunidades de todas las personas
para encontrar trabajo
y participar en la sociedad.
Hay una ley que explica
cómo funciona el Ingreso Mínimo Vital.
Puedes leer la ley completa aquí:
- [Ley 19/2021, de 20 de diciembre por la que se establece el ingreso mínimo vital.Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.boe.es/eli/es/l/2021/12/20/19/con "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
### ¿Cómo funciona el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital asegura
unos ingresos mínimos cada mes
a las personas o **[unidades de convivencia](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#unidad-de-convivencia)**
**[Personas de tu familia que viven contigo.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#unidad-de-convivencia)**
que lo necesitan.
Para cobrar el Ingreso Mínimo Vital
tú o tu unidad de convivencia debéis ganar menos
de cierta cantidad de dinero
y cumplir unas condiciones.
Si cumples las 2 cosas,
puedes recibir la ayuda cada mes.
La cantidad que recibirás cambia,
dependiendo del tipo de unidad de convivencia
en el que vivas
y la cantidad de dinero que ganes al año.
Cada año se revisa la cantidad
de la ayuda que vas a recibir,
según cuánto ganaste tú
o tu unidad de convivencia el año anterior.
Por ejemplo, el año anterior de 2026 es 2025.
Se puede trabajar
y recibir el Ingreso Mínimo Vital a la vez,
siempre que no superes
el máximo de ingresos que está establecido.
### ¿Qué condiciones debo cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda
para personas o unidades de convivencia.
Las condiciones generales que hay que cumplir
para cobrar esta ayuda son:
- Vivir en España de forma legal
desde hace más de 1 año.
- Ganar menos dinero
y tener menos **[patrimonioConjunto de bienes o cosas de valor que tiene una persona.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#patrimonio)**
de lo que marca la ayuda.
- Que tu unidad de convivencia viva junta
desde hace más de 6 meses.
- La persona que pide la ayuda
debe ser mayor de 23 años.
- La persona que pide la ayuda
no puede ser **[administradoraEs la persona que se encarga de dirigir una empresa y tomar decisiones importantes. Por ejemplo: Decide cómo se gasta el dinero. Organiza el trabajo. Firma documentos. Es quien representa a la empresa ante otras personas o instituciones.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#administradora)**
de una empresa.
Además de estas condiciones generales,
hay otras condiciones especiales
que hay que cumplir.
También hay algunas excepciones.
Puedes leerlas todas en este enlace:
- [Condiciones especiales y excepcionesEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/requisitos#Requisitos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
Debes cumplir estas condiciones
cuando pidas la ayuda
y durante el tiempo que la estés cobrando.
Si tu situación personal
o la situación de alguna de las personas
de tu unidad de convivencia cambia, debes avisar a
la **[Seguridad Social](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#seguridad-social)**
**[La Seguridad Social es un servicio público que tiene el Estado para dar ayudas económicas a las personas en diferentes momentos de su vida. Por ejemplo, el ingreso mínimo vital, la jubilación o las bajas médicas. Esto lo hace a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social o INSS.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#seguridad-social)**
para volver a calcular la ayuda
que vas a recibir.
### ¿Qué es la unidad de convivencia?
Una unidad de convivencia son personas
que viven juntas y que son familia.
Pueden ser:
- Parejas casadas.
- **[Parejas de hechoParejas que viven juntas y que no se han casado, pero se han apuntado en un registro.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#parejas-de-hecho)**
Las parejas de hecho deben serlo
desde 2 años antes de pedir la ayuda.
También deben vivir juntas
desde hace más de 5 años.
- Padres o suegros.
- Hijos o yernos.
- Hermanos o cuñados.
- Abuelos o nietos.
- Menores adoptados o acogidos.
Si vives con personas
que no son de tu familia,
también puedes pedir la ayuda.
Para eso, los servicios sociales
te harán un certificado que diga
que esas personas no son de tu familia.
### ¿Cuáles son los ingresos y el patrimonio máximo que puedo tener para pedir la ayuda?
Para recibir el Ingreso Mínimo Vital
hay unos **[ingresos netos](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#ingresos-netos)**
**[Son los ingresos que recibes una vez que te hayan quitado los impuestos y el dinero que estás obligado a pagar a la Seguridad Social cuando trabajas. Este dinero se llama cotizaciones a la Seguridad Social.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#ingresos-netos)**
máximos
que podéis tener en tu unidad de convivencia.
También hay un **[patrimonio](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#patrimonio)**
**[Conjunto de bienes o cosas de valor que tiene una persona.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#patrimonio)**
máximo
que podéis tener entre todos.
- Si el año anterior superaste
el ingreso neto máximo
o el patrimonio máximo establecidos
no podrás cobrar la ayuda.
- Si el año anterior no superaste
el ingreso neto máximo,
ni el patrimonio máximo establecido
cobrarás la ayuda.
La cantidad que cobrarás será la diferencia
entre vuestros ingresos,
si los tenéis,
y los ingresos máximos establecidos
según el tipo de unidad de convivencia
que tengáis.
Los ingresos máximos que podéis tener
en tu unidad de convivencia
dependen de cuántas personas seáis.
A continuación
puedes ver los ingresos máximos al mes y al año 2026
por tipo de unidad de convivencia:
- 1 solo adulto
Los ingresos máximos serán
de 734 euros al mes
o 8 mil 803 euros al año
- 1 adulto y 1 menor de edad
Los ingresos máximos serán
de 954 euros al mes
o de 11 mil 444 euros al año
- 1 adulto y 2 menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 174 euros al mes
o de 14 mil 85 euros al año
- 1 adulto y 3 menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 394 euros al mes
o de 16 mil 726 euros al año
- 1 adulto y 4 o más menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 614 euros al mes
o de 19 mil 367 euros al año
- 2 adultos
Los ingresos máximos serán
de 954 euros al mes
o 11 mil 444 euros al año
- 2 adultos y 1 menor de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 174 euros al mes
o 14 mil 85 euros al año
- 2 adultos y 2 menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 394 euros al mes
o 16 mil 726 euros al año
- 2 adultos y 3 o más menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 614 euros al mes
o 19 mil 367 euros al año
- 3 adultos
Los ingresos máximos serán
de mil 174 euros al mes
o 14 mil 85 euros al año
- 3 adultos y 1 menor de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 394 euros al mes
o 16 mil 726 euros al año
- 3 adultos y 2 o más menores de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 614 euros al mes
o 19 mil 367 euros al año
- 4 adultos
Los ingresos máximos serán
de mil 394 euros al mes
o 16 mil 726 euros al año
- 4 adultos y 1 menor de edad
Los ingresos máximos serán
de mil 614 euros al mes
o 19 mil 367 euros al año
- Otros
Los ingresos máximos serán
de mil 614 euros al mes
o 19 mil 367 euros al año
El Complemento de Ayuda a la Infancia no tienes que pedirlo por separado.
Cuando solicitas el Ingreso Mínimo Vital
la Seguridad Social también revisa
si cumples las condiciones
para recibir el Complemento de Ayuda a la Infancia.
Para recibir el Complemento de Ayuda a la Infancia,
los ingresos máximos que podéis tener
son un poco más altos.
Hay algunas ayudas o partes del patrimonio
que no se tienen en cuenta
para calcular cuánto tenéis.
En este enlace puedes ver
las normas detalladas para calcular
los ingresos y el patrimonio
de tu unidad de convivencia:
- [Normas detalladas para calcular los ingresos y el patrimonioEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos#Reglasparaelcomputodeingresos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
### ¿Qué cantidad de dinero puedo recibir con la ayuda?
El Gobierno establece una cantidad
que todas las personas
deben tener para poder vivir.
Esa cantidad se llama
Renta Garantizada.
Lo que cobrarás será la diferencia
entre lo que ganáis en tu unidad de convivencia
y esa Renta Garantizada.
Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
sois 2 adultos y 2 menores,
la Renta Garantizada son mil 394 euros al mes.
Si entre todos solo ganáis 600 euros,
la ayuda será de 794 euros al mes,
para que lleguéis a la Renta Garantizada.

### ¿Puede cambiar la cantidad de dinero que recibo de la ayuda?
La cantidad de dinero de la ayuda
se calcula según tu situación personal.
Si tu situación personal o la de alguna persona
de tu unidad de convivencia cambia,
habrá que calcular la ayuda de nuevo.
Cada año, el 1 de enero,
se vuelve a calcular la cantidad
de la ayuda que recibirás.
### ¿Cómo puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital se pide por internet
o de forma presencial.
Hay 2 formas de pedir el Ingreso Mínimo Vital
por internet:
- Si tienes un **[certificado digital](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#certificado-digital)**
**[Es un DNI digital para hacer trámites y firmar documentos.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#certificado-digital)**
o usas la aplicación **[Cl@veEs una aplicación del Gobierno para hacer trámites en internet.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#clave)**:
Puedes rellenar la solicitud
y enviar todos los documentos
que hacen falta en este enlace:
[Solicitar IMV con certificado digital o Cl@veEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/familia/270420inss/!ut/p/z1/jZBBb8IwDIV_C4ceV7st6yi3aprYRntAU0XIBYUpTTOlSZUEKvHrF7ETEiv4Zut79nsGCgSoZicpmJdGMxX6Hc33WZLPkwKTaoUfb1g29bopsk22SnPYTgFYINBH9PhPlXf1n_eAkCC19WstgA7Md09StwZIy3qpJAOSvuA8RamdC1bo1LJLmAsw4TbYEcoc_j5X6kO2CHctb7nlNj7aMO68H9wywgjHcYyFMULx-Nv0Ed6SdMZ5INckfHEHQ9-Qc_WOP8_qVLXl7BeYrmTK/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
También puede pedirlo por ti
una persona que tenga certificado digital
o use la aplicación Cl@ve.
- Si no tienes un certificado digital
ni usas la aplicación Cl@ve:
Puedes rellenar la solicitud
y enviar todos los documentos
que hacen falta en este enlace:
[Solicitar IMV sin certificado digital o Cl@veEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
Puedes ver este vídeo
para saber cómo se pide la ayuda:
- [Vídeo sobre cómo se pide el IMVEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.youtube.com/watch?v=IsOa9r5Kvz8 "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
Para pedir el Ingreso Mínimo Vital
de forma presencial puedes ir
a las oficinas del CAISS.
CAISS son las primeras letras de las palabras
**C**entro de **A**tención e **I**nformación de la **S**eguridad **S**ocial.
donde se realizan trámites
que tienen que ver con pensiones,
prestaciones
y otros servicios.
### ¿Qué es el incentivo al Empleo?
Un incentivo es una recompensa
que se da a alguien por hacer algo.
Desde el año 2023, hay un incentivo
para las personas que cobran
el Ingreso Mínimo Vital
y que empiecen a trabajar.
El incentivo consiste en que una parte
de lo que ganas trabajando
no se cuente al calcular tus ingresos.
Así, tienes más dinero disponible.
La cantidad de dinero que no se cuenta
en los ingresos será el 60%
de la Renta Garantizada.
Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
sois 2 adultos y 2 menores,
la Renta Garantizada son mil 394 euros al mes
o 16 mil 726 euros al año.
El 60% de la Renta Garantizada son 836 euros al mes
o 10 mil 36 euros al año.
Si uno de los adultos empieza a trabajar
y gana menos 836 euros al mes
o 10 mil 36 euros al año,
no se contarían como ingresos
y recibiría la ayuda completa,
igual que antes de encontrar trabajo.
Sin embargo, si ganara más de 836 euros
al mes o 10 mil 35 euros al año
habría que volver a calcular la ayuda.
El incentivo al empleo se calcula
sobre el aumento en los ingresos
del año anterior.
Por ejemplo, el incentivo al empleo
en 2026 se calcula teniendo en cuenta
el aumento en los ingresos de 2025 respecto
a los ingresos de 2024.
El incentivo al empleo se aplica
anualmente.
En este enlace puedes calcular
cuánto cambiaría la ayuda
si empezases a trabajar:
- [Calcular la ayuda con el incentivo al EmpleoEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
(**¡Importante\!** La información del enlace
no está en Lectura Fácil).
### Preguntas frecuentes
1. #### ¿Puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital si tengo ingresos?
Sí, puedes pedirlo.
No importa si trabajas para otras personas
o si eres autónomo.
Lo importante es que no ganes más
que la Renta Garantizada.
Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
sois 2 adultos y 1 menor,
la Renta Garantizada son mil 174 euros al mes.
Si ingresas 300 euros al mes,
la ayuda será de 874 euros al mes,
para que lleguéis a la Renta Garantizada.
Además, para calcular tus ingresos
hay algunas cosas que no cuentan.
Por ejemplo:
- Las ayudas para el estudio
- Las ayudas para la vivienda
- La **[pensión de alimentosEs el dinero que paga cada mes el padre o madre de los hijos después de un divorcio. Ese dinero sirve para cubrir los gastos de los menores.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#pension-de-alimentos)** para los hijos.
2. #### ¿Cómo calculo mis ingresos para saber si puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital?
Lo más importante es saber
que tus **[ingresos netos](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#ingresos-netos)**
**[Son los ingresos que recibes una vez que te hayan quitado los impuestos y el dinero que estás obligado a pagar a la Seguridad Social cuando trabajas. Este dinero se llama cotizaciones a la Seguridad Social.](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es#ingresos-netos)**
no superan
la Renta Garantizada.
Para saberlo, se tienen en cuenta
todos tus ingresos netos del año pasado.
También puedes pedir la ayuda
si tus ingresos netos de este año
están por debajo de la Renta Garantizada.
Luego, al acabar el año,
se comprobará cuánto ganaste
y se ajustará la cantidad de la ayuda.
3. #### ¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital no caduca.
Podrás seguir cobrándolo
mientras cumplas las condiciones para ello.
La Seguridad Social comprueba
cada cierto tiempo que tú o tu unidad de convivencia
seguís cumpliendo los requisitos.
4. #### ¿Cómo se paga la ayuda?
Se paga cada mes
a través de tu cuenta del banco.
Es importante que la cuenta bancaria
esté a nombre de la persona
que ha pedido la ayuda.
Si quieres más información
pincha en este enlace para ir a la página web
del Ingreso Mínimo Vital:
(**Importante**
La información del siguiente enlace
no está en Lectura Fácil).
<https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es>
### Palabras que debes conocer
Unidad de convivencia
Personas de tu familia que viven contigo.
Patrimonio
Conjunto de bienes o cosas de valor que tiene una persona.
Parejas de hecho
Parejas que viven juntas y que no se han casado,
pero se han apuntado en un registro.
Desahuciado
Cuando una persona queda fuera de la
sociedad y no puede participar.
Certificado digital
Es un DNI digital
para hacer trámites y firmar documentos.
Cl@ve
Es una aplicación del Gobierno
para hacer trámites en internet.
Pensión de alimentos
Es el dinero que paga
cada mes el padre o madre
de los hijos
después de un divorcio.
Ese dinero sirve para cubrir los gastos
de los menores.
Administradora
Es la persona que se encarga
de dirigir una empresa
y tomar decisiones importantes.
Por ejemplo:
- Decide cómo se gasta el dinero.
- Organiza el trabajo.
- Firma documentos.
Es quien representa a la empresa ante
otras personas o instituciones.
Seguridad Social
La Seguridad Social
es un servicio público
que tiene el Estado
para dar ayudas económicas a las personas
en diferentes momentos de su vida.
Por ejemplo, el ingreso mínimo vital,
la jubilación o las bajas médicas.
Esto lo hace a través
del Instituto Nacional
de la Seguridad Social o INSS.
Ingresos netos
Son los ingresos que recibes
una vez que te hayan quitado
los impuestos y el dinero
que estás obligado a pagar
a la Seguridad Social cuando trabajas.
Este dinero se llama
cotizaciones a la Seguridad Social.
**Volver**
- [Órganos de gobernanza del IMV](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/organos-de-gobernanza-imv)
- [Registro de mediadores sociales del IMV](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/registro-mediadores-sociales-imv)
- [Sello de inclusión socialEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://sede.inclusion.gob.es/-/sello-de-inclusion-social?redirect=%2Fpromocion-de-la-inclusion-social "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
## Visualización del menú
- [Trámites Destacados](https://www.inclusion.gob.es/web/guest/tramites-destacados)
- [El Ministerio](https://www.inclusion.gob.es/web/guest/el-ministerio)
- [Inclusión](https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/home "Inclusión: home")
- [Seguridad Social y Pensiones](https://www.inclusion.gob.es/web/seguridad-social/home)
- [Migraciones](https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/home)
- [Comunicación](https://www.inclusion.gob.es/comunicacion/noticias)
- [Estadísticas](https://www.inclusion.gob.es/web/guest/estadisticas)

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Sede central del Ministerio:
Calle de José Abascal, 39 - 28003 Madrid
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.facebook.com/Ministerio-de-Inclusi%C3%B3n-Seguridad-Social-y-Migraciones-111628541180812 "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://x.com/inclusiongob "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.instagram.com/inclusiongob/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.youtube.com/channel/UCQqBgvKPF4qmGa49GYH_TbQ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://www.linkedin.com/company/ministerio-de-inclusi%C3%B3n-seguridad-social-y-migraciones/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
- [Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://bsky.app/profile/inclusion.gob.es "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
[ Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://planderecuperacion.gob.es/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") [ Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.](https://next-generation-eu.europa.eu/index_es "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.")
## Visualización del menú
- [Aviso legal](https://www.inclusion.gob.es/aviso-legal)
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- [Privacidad](https://www.inclusion.gob.es/privacidad)
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| Readable Markdown | El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y que está destinada a garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a las personas con discapacidad. Su objetivo es mejorar las oportunidades de las personas en su inserción social y laboral.
El Ingreso Mínimo Vital se regula en la [Ley 19/2021, de 20 de diciembre](https://www.boe.es/eli/es/l/2021/12/20/19/con "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.").
- ###
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza unos mínimos ingresos a hogares o unidades de convivencia. Por tipología de hogar se establecen unos umbrales mínimos de renta. Si entre todos los miembros de la Unidad de Convivencia sumaron el año fiscal anterior una renta total inferior al umbral que les corresponde y cumplen [el resto de los requisitos](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/requisitos#Requisitos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva."), tendrán derecho a una prestación económica igual a la diferencia entre este umbral y su renta neta. **Esta prestación se les ingresará mensualmente**.
**Ejemplo: IMV para un hogar de 2 Adultos y 2 Menores**
Si los hogares cumplen una serie de requisitos, tendrán derecho a esta **prestación mensual**.
La prestación **se actualiza cada año** en base a los ingresos del año anterior. Se trata de una prestación viva que se adapta a las circunstancias personales y a los cambios que puedan producirse en cada unidad familiar.
El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el empleo. Para fomentar la inserción laboral, en 2023 se introdujo el **incentivo al empleo** que hace que un tramo de los nuevos ingresos laborales no repercutan negativamente en la cuantía de la prestación. Para más información [accede a la web de la Seguridad Social](https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.").
- ###
El Ingreso Mínimo Vital se conforma como una ayuda a nivel de **unidad de convivencia**, es decir, personas que viven en el mismo domicilio y que tienen un vínculo familiar.
Los principales requisitos son:
1. Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
2. Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
3. Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
4. El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
5. No ser administrador de una sociedad mercantil.
Además de estos requisitos generales, existen [requisitos adicionales](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/requisitos#Requisitos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva."), así como excepciones a los mismos.
Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación.
Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.
- ###
La unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio; por pareja de hecho (formalizada desde hace al menos 2 años y con una convivencia desde hace al menos 5 años); por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado (ejemplo: padres, suegros, hijos, yernos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos); o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
En caso de convivientes que no tengan un vínculo familiar de hasta segundo grado ni tengan una relación con otras personas con las que conviven podrán ser titulares de la prestación si se encuentran en riesgo de exclusión social y para lo que los servicios sociales competentes
expedirán un certificado.
- ###
Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos es necesario que la renta y patrimonio de la Unidad de Convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales.
En el momento de la solicitud o revisión se valorará si la renta y el patrimonio neto del conjunto del hogar durante el año fiscal anterior es inferior a estos umbrales.
La siguiente tabla muestra los niveles máximos de renta de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital. Para optar únicamente al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) los límites de renta son más amplios.
El umbral de renta es también el nivel de renta garantizada que tendrán las unidades de convivencia, recibiendo como prestación en concepto de Ingreso Mínimo Vital la diferencia entre este umbral y sus ingresos.
**Cuantías 2026**
LÍMITE DE INGRESOS PARA PERCIBIR EL IMV
| UNIDAD DE CONVIVENCIA | Ingresos mensuales (€/mes) | Ingresos anuales (€/año) |
|---|---|---|
| Un adulto solo | 733,60 | 8\.803,20 |
| Un adulto y un menor | 953,68 | 11\.444,16 |
| Un adulto y dos menores | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Un adulto y tres menores | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Un adulto y cuatro o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Dos adultos | 953,68 | 11\.444,16 |
| Dos adultos y un menor | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Dos adultos y dos menores | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Dos adultos y tres o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Tres adultos | 1\.173,76 | 14\.085,12 |
| Tres adultos y un menor | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Tres adultos y dos o más menores | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Cuatro adultos | 1\.393,84 | 16\.726,08 |
| Cuatro adultos y un menor | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
| Otros | 1\.613,92 | 19\.367,04 |
Algunas prestaciones e ingresos están exentos del cómputo de renta y patrimonio. Puedes [consultar en la web de la Seguridad Social las reglas detalladas](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos#Reglasparaelcomputodeingresos "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") para el cómputo de ingresos y de patrimonio.
- ###
La cuantía a percibir en concepto de Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos de las personas que formen la unidad de convivencia.
Además de las cuantías indicadas se abonará mensualmente un **Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)** por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.
- ###
El **cambio en las circunstancias** personales de la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por el INSS. La cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año.
- ###
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay dos opciones:
- **Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve** podrá utilizar el [servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)](https://imv.seg-social.es/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") para su solicitud sin certificado. Además, deberá adjuntar sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
- **Si dispones de certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve** lo puedes solicitar a través de la [Sede Electrónica de la Seguridad Social](https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/familia/270420inss/!ut/p/z1/jZBBb8IwDIV_C4ceV7st6yi3aprYRntAU0XIBYUpTTOlSZUEKvHrF7ETEiv4Zut79nsGCgSoZicpmJdGMxX6Hc33WZLPkwKTaoUfb1g29bopsk22SnPYTgFYINBH9PhPlXf1n_eAkCC19WstgA7Md09StwZIy3qpJAOSvuA8RamdC1bo1LJLmAsw4TbYEcoc_j5X6kO2CHctb7nlNj7aMO68H9wywgjHcYyFMULx-Nv0Ed6SdMZ5INckfHEHQ9-Qc_WOP8_qVLXl7BeYrmTK/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/ "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") y seleccionando el método de autenticación. Tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.
En este [video tutorial](https://www.youtube.com/watch?v=IsOa9r5Kvz8 "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") te explicamos cómo solicitarlo.
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El 1 de enero de 2023 entró en vigor el incentivo al empleo del Ingreso Mínimo Vital.
Es un mecanismo que garantiza que aquellos titulares del Ingreso Mínimo Vital que se incorporen al mercado de trabajo incrementen su renta disponible.
Para ilustrarlo, pongamos un ejemplo. Consideremos una unidad de convivencia que cobra una prestación de 500€ al mes por Ingreso Mínimo Vital. Supongamos que el beneficiario aumenta sus ingresos laborales por un valor de 100€ al mes. Antes de la entrada en vigor del incentivo al empleo, la cuantía de su prestación hubiese disminuido en 100 €, de manera que hubiese pasado a cobrar 400€ de Ingreso Mínimo Vital y su renta total disponible no hubiese aumentado. Con la entrada en vigor del incentivo al empleo, la prestación no disminuye y seguiría cobrando los 500€ de prestación y sus nuevos ingresos laborales de 100€.
Con el incentivo del empleo, los incrementos de la renta inferiores al 60% de la renta garantizada para la Unidad de Convivencia a la que corresponda no afectarán a la cuantía de la prestación.
Supongamos que el ejemplo anterior corresponde a una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores. Esta unidad tiene para 2026 una renta garantizada de 1.393,84€ mensuales. Incrementos en sus ingresos respecto al año anterior inferiores a 836,3€, es decir el 60% de su renta garantizada, no conllevaran una reducción a su prestación. Incrementos en sus ingresos entre 836,3€ y 1.393,84€ conllevarán una reducción en su prestación en función de la cuantía del incremento, de si los adultos de la unidad de convivencia trabajaban antes o no, así como de otras características del hogar.
Si percibes el Ingreso Mínimo Vital, en este [simulador](https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html "Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.") puedes comprobar la variación de la cuantía en caso de que haya cambios en tus ingresos por trabajo.
### PREGUNTAS FRECUENTES
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Sí, es compatible con otros ingresos tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres trabajador autónomo mientras no superes el importe de la renta garantizada.
Lo mejor es verlo con un ejemplo: si un hogar de dos adultos y un menor tiene derecho a 1.173,76 euros y sus ingresos mensuales son de 300 euros, la prestación mensual que recibirá sería de 873,76 euros para completar esa renta.
Además, para calcular la renta garantizada, no cuentan las ayudas para el estudio; las ayudas para la vivienda, tanto para alquiler como adquisición; ni la pensión de alimentos a favor de los hijos.
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Tienes que saber si tus ingresos anuales superan la renta garantizada anual. La situación de vulnerabilidad se determina teniendo en cuenta los ingresos que percibiste el año pasado. También lo puedes solicitar si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de esta cifra. En estos casos, cuando se tengan los datos de todo el año se llevará a cabo un ajuste de la prestación en función de los ingresos reales.
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El Ingreso Mínimo Vital tiene carácter indefinido, lo puedes seguir recibiendo mientras sigas cumpliendo los requisitos. La Seguridad Social se encarga de comprobar de manera regular que tú o tu unidad familiar seguís cumpliendo los requisitos de la prestación.
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Es un pago mensual y se recibe por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación. |
| Shard | 52 (laksa) |
| Root Hash | 14078655335121213652 |
| Unparsed URL | es,gob,inclusion!www,/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es s443 |