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| Meta Title | ¿Qué pasó con el grupo La Manada? - Revista Petra |
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| Meta Canonical | null |
| Boilerpipe Text | A casi
tres años del juicio a La Manada, todavía se mantiene en la discusión pública
este caso en donde cinco hombres acusados de violar en grupo a una joven de 18
años en España fueron absueltos del delito de violación, pero condenados por
abuso sexual.
El caso de La Manada es el nombre por el que
se conocen los sucesos relacionados con un caso de violación acaecidos en
Pamplona (Navarra, España), en la madrugada del 7 de julio de 2016, durante las
fiestas de San Fermín. Un grupo de cinco hombres violaron a una joven de
dieciocho años en un portal en el centro de la capital navarra. La víctima
denunció a los agresores por violación. Sin embargo, en la ley española, el
delito de abuso sexual se diferencia del de violación en que no involucra
violencia o intimidación y se castiga con penas menos severas. El argumento de
los delincuentes, que caló en los magistrados, es que la chica consintió tener
sexo con todos.
La
violación
Según el relato, ella
entabló conversación en la vía pública con uno de los delincuentes, que se
ofreció a acompañarla al auto en donde se encontraba los demás amigos en el que
tenía previsto dormir.
En el camino, pararon en una calle. La mujer
y uno de los condenados habían empezado a besarse en la boca. Los cinco hombres
hicieron luego a la mujer entrar en un portal cercano, donde, según reza el
fallo, «rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte
complexión», la denunciante «se sintió impresionada y sin capacidad
de reacción».
La mujer «sintió un intenso agobio y
desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de
sometimiento y pasividad», lo que la llevó a acceder a los deseos de los
agresores.
Todos ellos penetraron bucalmente a la mujer;
algunos de ellos además vaginal y analmente.
Además, filmaron el episodio con sus
teléfonos. En total hicieron 7 videos que suman 96 segundos. Uno de los hombres
posteó mensajes en WhatsApp celebrando lo que habían hecho y prometiendo
compartir las imágenes.
De acuerdo con el informe policial, la
actitud de la víctima durante la escena fue «pasiva o neutral».
Asimismo, agrega el informe, mantuvo los ojos cerrados todo el tiempo.
La joven fue encontrada en estado de
consternación por una pareja que se hallaba en la calle, cerca de donde ocurrió
el incidente.
La sentencia
que causó indignación pública
El caso fue objeto de una fuerte cobertura
mediática por existir grabaciones en vídeo de los hechos y por el interés que
hubo en las redes sociales al respecto. Los autores, entre los que se
encontraban un miembro de la Guardia Civil y otro del Ejército español, fueron
detenidos y juzgados. Los tres magistrados del tribunal fueron Francisco Cobo,
que lo presidió, Raquel Fernandino y Ricardo González. La sentencia del juicio
en primera instancia se dio a conocer el 26 de abril de 2018 y fue una condena
por abusos sexuales continuados con el agravante de prevalimiento. La
sentencia salió del acuerdo de dos de los jueces, el ponente José Francisco
Cobo y la jueza Raquel Fernandino; mientras que el juez Ricardo González falló
a favor de la absolución de los acusados. Tanto la defensa como la fiscalía
recurrieron la sentencia.
Los acusados se encuentran en libertad bajo
fianza de 6000 euros desde el 22 de junio de 2018, al no haber aún sentencia
firme y entender la Audiencia de Navarra que no se cumple ninguno los
presupuestos de la prisión preventiva: riesgo de destrucción de pruebas, riesgo
de fuga o riesgo de reiteración delictiva. Se les imponen también medidas
cautelares, como la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en
el juzgado correspondiente de su localidad de residencia; se les prohíbe entrar
en la Comunidad de Madrid (donde reside la víctima, al igual que toda
comunicación con ella); se les retira el pasaporte, y se les prohíbe salir del
territorio nacional sin autorización judicial.
El hecho de que la corte se haya inclinado
por no interpretar los actos de estos cinco hombres como violentos e
intimidatorios generaron duras críticas entre los grupos feministas y de
destacadas figuras públicas del país europeo.
Actualidad
El 5 de diciembre de 2018 el Tribunal
Superior de Navarra confirmó la condena a 9 años de cárcel a los 5 autores del
delito de abuso sexual, y ordenó a la Audiencia Provincial que dictase una
nueva sentencia por un delito contra la intimidad de la mujer, por haber sido
grabada mientras era forzada. Tanto
los condenados, como la víctima y las acusaciones han recurrido al
Tribunal Supremo d Navarra quien decidió mantener la condena a nueve años de
prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco
miembros. En el Código penal se utiliza el término «prevaler» para
designar un escenario en el cual el autor de un delito se aprovecha de una
concreta y especial situación de superioridad, confianza, prestigio o potestad
con respecto a la víctima para poder cometer con éxito el acto criminal. El
fallo incluye un voto particular de dos magistrados, que pedían que se les
condenara a 14 años de prisión por agresión sexual (violación). El abogado de
uno de los condenados ya ha anunciado que recurrirá al Supremo. |
| Markdown | [Facebook](https://www.facebook.com/revistapetra "Facebook") [Instagram](https://www.instagram.com/revistapetra/ "Instagram") [TikTok](https://www.tiktok.com/@revistapetra "TikTok") [Twitter](https://twitter.com/RevistaPetra "Twitter") [Youtube](https://www.youtube.com/channel/UCjDR7wclyXRyMOqTq1ozsIQ "Youtube")
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### [Italia tipifica el feminicidio y lo sanciona con cadena perpetua](https://revistapetra.com/italia-tipifica-el-feminicidio-como-delito-autonomo-con-cadena-perpetua/ "Italia tipifica el feminicidio y lo sanciona con cadena perpetua")
[Redacción Petra](https://revistapetra.com/author/redaccion/) \-
miércoles, 4 de marzo de 2026
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- [SOCIEDAD](https://revistapetra.com/seccion/berta-caceres/)
- [BERTA CÁCERES](https://revistapetra.com/seccion/berta-caceres/sociedad-y-sostenibilidad/)
# ¿Qué pasó con el grupo La Manada?
Por
[Sharon Bermudez Arias](https://revistapetra.com/author/shabermudez/)
\-
lunes, 4 de marzo de 2019
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### *A casi tres años del juicio a La Manada, todavía se mantiene en la discusión pública este caso en donde cinco hombres acusados de violar en grupo a una joven de 18 años en España fueron absueltos del delito de violación, pero condenados por abuso sexual.*
El caso de La Manada es el nombre por el que se conocen los sucesos relacionados con un caso de violación acaecidos en Pamplona (Navarra, España), en la madrugada del 7 de julio de 2016, durante las fiestas de San Fermín. Un grupo de cinco hombres violaron a una joven de dieciocho años en un portal en el centro de la capital navarra. La víctima denunció a los agresores por violación. Sin embargo, en la ley española, el delito de abuso sexual se diferencia del de violación en que no involucra violencia o intimidación y se castiga con penas menos severas. El argumento de los delincuentes, que caló en los magistrados, es que la chica consintió tener sexo con todos.
**La violación**
Según el relato, ella entabló conversación en la vía pública con uno de los delincuentes, que se ofreció a acompañarla al auto en donde se encontraba los demás amigos en el que tenía previsto dormir.
En el camino, pararon en una calle. La mujer y uno de los condenados habían empezado a besarse en la boca. Los cinco hombres hicieron luego a la mujer entrar en un portal cercano, donde, según reza el fallo, «rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión», la denunciante «se sintió impresionada y sin capacidad de reacción».
La mujer «sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad», lo que la llevó a acceder a los deseos de los agresores.
Todos ellos penetraron bucalmente a la mujer; algunos de ellos además vaginal y analmente.
Además, filmaron el episodio con sus teléfonos. En total hicieron 7 videos que suman 96 segundos. Uno de los hombres posteó mensajes en WhatsApp celebrando lo que habían hecho y prometiendo compartir las imágenes.
De acuerdo con el informe policial, la actitud de la víctima durante la escena fue «pasiva o neutral». Asimismo, agrega el informe, mantuvo los ojos cerrados todo el tiempo.
La joven fue encontrada en estado de consternación por una pareja que se hallaba en la calle, cerca de donde ocurrió el incidente.
**La sentencia que causó indignación pública**
El caso fue objeto de una fuerte cobertura mediática por existir grabaciones en vídeo de los hechos y por el interés que hubo en las redes sociales al respecto. Los autores, entre los que se encontraban un miembro de la Guardia Civil y otro del Ejército español, fueron detenidos y juzgados. Los tres magistrados del tribunal fueron Francisco Cobo, que lo presidió, Raquel Fernandino y Ricardo González. La sentencia del juicio en primera instancia se dio a conocer el 26 de abril de 2018 y fue una condena por abusos sexuales continuados con el agravante de prevalimiento. La sentencia salió del acuerdo de dos de los jueces, el ponente José Francisco Cobo y la jueza Raquel Fernandino; mientras que el juez Ricardo González falló a favor de la absolución de los acusados. Tanto la defensa como la fiscalía recurrieron la sentencia.
Los acusados se encuentran en libertad bajo fianza de 6000 euros desde el 22 de junio de 2018, al no haber aún sentencia firme y entender la Audiencia de Navarra que no se cumple ninguno los presupuestos de la prisión preventiva: riesgo de destrucción de pruebas, riesgo de fuga o riesgo de reiteración delictiva. Se les imponen también medidas cautelares, como la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado correspondiente de su localidad de residencia; se les prohíbe entrar en la Comunidad de Madrid (donde reside la víctima, al igual que toda comunicación con ella); se les retira el pasaporte, y se les prohíbe salir del territorio nacional sin autorización judicial.
El hecho de que la corte se haya inclinado por no interpretar los actos de estos cinco hombres como violentos e intimidatorios generaron duras críticas entre los grupos feministas y de destacadas figuras públicas del país europeo.
**Actualidad**
El 5 de diciembre de 2018 el Tribunal Superior de Navarra confirmó la condena a 9 años de cárcel a los 5 autores del delito de abuso sexual, y ordenó a la Audiencia Provincial que dictase una nueva sentencia por un delito contra la intimidad de la mujer, por haber sido grabada mientras era forzada. Tanto los condenados, como la víctima y las acusaciones han recurrido al Tribunal Supremo d Navarra quien decidió mantener la condena a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco miembros. En el Código penal se utiliza el término «prevaler» para designar un escenario en el cual el autor de un delito se aprovecha de una concreta y especial situación de superioridad, confianza, prestigio o potestad con respecto a la víctima para poder cometer con éxito el acto criminal. El fallo incluye un voto particular de dos magistrados, que pedían que se les condenara a 14 años de prisión por agresión sexual (violación). El abogado de uno de los condenados ya ha anunciado que recurrirá al Supremo.
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### *A casi tres años del juicio a La Manada, todavía se mantiene en la discusión pública este caso en donde cinco hombres acusados de violar en grupo a una joven de 18 años en España fueron absueltos del delito de violación, pero condenados por abuso sexual.*
El caso de La Manada es el nombre por el que se conocen los sucesos relacionados con un caso de violación acaecidos en Pamplona (Navarra, España), en la madrugada del 7 de julio de 2016, durante las fiestas de San Fermín. Un grupo de cinco hombres violaron a una joven de dieciocho años en un portal en el centro de la capital navarra. La víctima denunció a los agresores por violación. Sin embargo, en la ley española, el delito de abuso sexual se diferencia del de violación en que no involucra violencia o intimidación y se castiga con penas menos severas. El argumento de los delincuentes, que caló en los magistrados, es que la chica consintió tener sexo con todos.
**La violación**
Según el relato, ella entabló conversación en la vía pública con uno de los delincuentes, que se ofreció a acompañarla al auto en donde se encontraba los demás amigos en el que tenía previsto dormir.
En el camino, pararon en una calle. La mujer y uno de los condenados habían empezado a besarse en la boca. Los cinco hombres hicieron luego a la mujer entrar en un portal cercano, donde, según reza el fallo, «rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión», la denunciante «se sintió impresionada y sin capacidad de reacción».
La mujer «sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad», lo que la llevó a acceder a los deseos de los agresores.
Todos ellos penetraron bucalmente a la mujer; algunos de ellos además vaginal y analmente.
Además, filmaron el episodio con sus teléfonos. En total hicieron 7 videos que suman 96 segundos. Uno de los hombres posteó mensajes en WhatsApp celebrando lo que habían hecho y prometiendo compartir las imágenes.
De acuerdo con el informe policial, la actitud de la víctima durante la escena fue «pasiva o neutral». Asimismo, agrega el informe, mantuvo los ojos cerrados todo el tiempo.
La joven fue encontrada en estado de consternación por una pareja que se hallaba en la calle, cerca de donde ocurrió el incidente.
**La sentencia que causó indignación pública**
El caso fue objeto de una fuerte cobertura mediática por existir grabaciones en vídeo de los hechos y por el interés que hubo en las redes sociales al respecto. Los autores, entre los que se encontraban un miembro de la Guardia Civil y otro del Ejército español, fueron detenidos y juzgados. Los tres magistrados del tribunal fueron Francisco Cobo, que lo presidió, Raquel Fernandino y Ricardo González. La sentencia del juicio en primera instancia se dio a conocer el 26 de abril de 2018 y fue una condena por abusos sexuales continuados con el agravante de prevalimiento. La sentencia salió del acuerdo de dos de los jueces, el ponente José Francisco Cobo y la jueza Raquel Fernandino; mientras que el juez Ricardo González falló a favor de la absolución de los acusados. Tanto la defensa como la fiscalía recurrieron la sentencia.
Los acusados se encuentran en libertad bajo fianza de 6000 euros desde el 22 de junio de 2018, al no haber aún sentencia firme y entender la Audiencia de Navarra que no se cumple ninguno los presupuestos de la prisión preventiva: riesgo de destrucción de pruebas, riesgo de fuga o riesgo de reiteración delictiva. Se les imponen también medidas cautelares, como la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado correspondiente de su localidad de residencia; se les prohíbe entrar en la Comunidad de Madrid (donde reside la víctima, al igual que toda comunicación con ella); se les retira el pasaporte, y se les prohíbe salir del territorio nacional sin autorización judicial.
El hecho de que la corte se haya inclinado por no interpretar los actos de estos cinco hombres como violentos e intimidatorios generaron duras críticas entre los grupos feministas y de destacadas figuras públicas del país europeo.
**Actualidad**
El 5 de diciembre de 2018 el Tribunal Superior de Navarra confirmó la condena a 9 años de cárcel a los 5 autores del delito de abuso sexual, y ordenó a la Audiencia Provincial que dictase una nueva sentencia por un delito contra la intimidad de la mujer, por haber sido grabada mientras era forzada. Tanto los condenados, como la víctima y las acusaciones han recurrido al Tribunal Supremo d Navarra quien decidió mantener la condena a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco miembros. En el Código penal se utiliza el término «prevaler» para designar un escenario en el cual el autor de un delito se aprovecha de una concreta y especial situación de superioridad, confianza, prestigio o potestad con respecto a la víctima para poder cometer con éxito el acto criminal. El fallo incluye un voto particular de dos magistrados, que pedían que se les condenara a 14 años de prisión por agresión sexual (violación). El abogado de uno de los condenados ya ha anunciado que recurrirá al Supremo. |
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